PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE
El asesino de Laura Luelmo no saldrá de la cárcel al menos en dos décadas: la condena ya es firme
13.47 h. Ni las acusaciones ejercidas por la Fiscalía de Huelva, la familia y la Junta de Andalucía, ni la defensa de Bernardo Montoya han recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial.

El asesino de Laura Luelmo, Bernardo Montoya, no saldrá de la cárcel al menos en las próximas dos décadas, cuando en la práctica pueda ser revisada la pena de prisión permanente revisable que le ha sido impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva por matar a la joven (diciembre de 2018).
Un mes después de que se hiciera pública la condena de la Audiencia onubense, que le impuso además 17 años y medio de cárcel por un delito de detención ilegal en concurso ideal con un delito de agresión sexual con la agravante de género, la sentencia es ya firme.
Según ha podido confirmar Huelva24.com, la sentencia no ha sido recurrida por ninguna de las partes personadas en la causa, ni por las acusaciones (Fiscalía, acusación particular en representación de la familia de la víctima y la Junta de Andalucía) ni por la defensa de Montoya, ha confirmado Huelva24.com de fuentes de la Fiscalía.
La sentencia se dictó después de que un jurado popular declarara a Montoya culpable del asesinato y agresión sexual de Laura Luelmo, al considerar probado que los hechos se produjeron sobre las 17.30 horas del día 12 de diciembre de 2018, cuando la joven fue abordada por el ya condenado cuando regresaba de hacer la compra en un supermercado y la metió por la fuerza en su casa, justo enfrente de la que había alquilado la profesora en El Campillo, después de llegar a Huelva para trabajar en un instituto de Nerva.
La joven falleció aproximadamente a las 20.15 horas del día 13 de diciembre de 2018, siendo hallado su cuerpo el día 17 de diciembre de ese año en el mismo lugar donde fue dejado por el acusado.
La sentencia considera que, al causar a la joven las heridas que provocaron finalmente su muerte, el condenado “se valió de su superior fuerza física y de una extrema violencia”, ya que la “encerró y amordazó” para que “no pudiera pedir auxilio” y le amarró las manos a la espalda, “consiguiendo con todo ello cometer estos actos de manera que impedía efectivamente cualquier reacción defensiva” de la fallecida.
Asimismo, la sentencia también recoge que el acusado sometió a la joven a “padecimientos innecesarios y un sufrimiento más intenso que el que se requería para causarle la muerte”, mientras que, al agredirla sexualmente, “utilizó la violencia para conseguir su sumisión total a la satisfacción del deseo sexual, incurriendo en una conducta particularmente degradante para la mujer, de cosificación y dominación, que se corresponde con su propio concepto de los roles de género”.