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'Con seguridad Pablo Comas podrá volver a ser el presidente del Recre si lo desea', avisa su abogado

19.40 h. 'Estamos convencidos que se va a revocar la expropiación y se le va a devolver la totalidad de las acciones que han sido injustamente expropiadas al patrimonio de Pablo Comas y de las sociedades que representaba', señala Álvaro Sánchez Pegó.

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Álvaro Sánchez Pegó, el letrado encargado de la defensa de Pablo Comas en la querella que le interpuso el Trust y también encargado de la reclamación con respecto a la expropiación por parte del Ayuntamiento de Huelva de las acciones del que fuera propietario del club Decano, Álvaro Sánchez Pegó, habló este miércoles en Antena Huelva Radio de todos los frentes que tiene abiertos su cliente en los juzgados.

Álvaro Sánchez Pegó, el letrado encargado de la defensa de Pablo Comas en la querella que le interpuso el Trust y también encargado de la reclamación con respecto a la expropiación por parte del Ayuntamiento de Huelva de las acciones del que fuera propietario del club Decano, Álvaro Sánchez Pegó, habló este miércoles en Antena Huelva Radio de todos los frentes que tiene abiertos su cliente en los juzgados. Así, destacó, en declaraciones recogidas por el portal albiazules.es, que nosotros tenemos la visión contraria a los querellantes y nos parece que ya las cosas se van poniendo en su sitio. De una denuncia inicial donde se ponía al denunciado como si fuera una especie de sátrapa, que se había quedado con dinero de la sociedad y que había hecho no sé cuantas tropelías, vendiendo jugadores y poniendo establecimientos de puntos de venta ilegales... Una serie de cosas que ya hemos entrado el tiro, parece ser, a una cuestión menor, que si existe o no la falsedad en las cuentas que por supuesto vamos a recurrir. A pesar de que ya es algo que no tiene mucha transcendencia, más que nada es un tema personal. Es una pena que no va a cumplir y además no hay una responsabilidad civil. Pero nos parece tan injusto y tan inaceptable esta resolución judicial, que la vamos a recurrir porque creemos y estamos convencidos que el Tribunal Supremo nos va a volver a dar la razón, en el sentido de que no se ha cometido ese delito. En cuanto a si esperan algún tipo de sorpresa por el posible recurso que presente el Trust, por medio de sus cuatro querellantes, el letrado aseguró que la sorpresa se la van a llevar ellos porque recurrir una sentencia absolutoria, y viene dicho por todos los tribunales máximos de ordenamiento jurídico, es prácticamente imposible de dar vuelta atrás. Cuando una sentencia es absolutoria, manteniendo los hechos probados e inamovibles, es imposible que exista después una sentencia condenatoria. Esto viene así determinado jurisprudencialmente desde hace tiempo y la sorpresa se la van a llevar ellos si intentan ir por ese camino. Un año de plazo si hay recurso al Tribunal SupremoSobre el tiempo que puede tardar el Tribunal Supremo en decidir, Sánchez Pego dijo que generalmente están tardando un año más o menos. Si inadmiten a trámite los recursos y el desistimiento desde un principio, puede que en unos meses ya lo sepamos. Pero si entran al fondo del asunto puede que un año. Preguntado por la indemnización que solicitan para su cliente de 754.000 euros más intereses, Sánchez Pego explicó que es una reclamación de cantidad por el dinero que mi cliente ha entregado al Recreativo de Huelva y que excede el dinero que le faltaba por pagar. Es lo que ha quedado acreditado en la sentencia. Si él ha entregado en una sociedad más dinero que lo que pagó por sus acciones, cuando además ha sido expropiado de una manera que nosotros también consideramos ilegal, tendrá derecho a reclamar todo el dinero que ha entregado y es suyo. Yo entiendo que estamos ante un procedimiento ordinario de reclamación de cantidad ante un Juzgado de Primera Instancia de Huelva. Pablo Comas podrá disolver el club si le apeteceEl abogado encargado de la defensa de Pablo Comas también habló de la expropiación del Recreativo de Huelva que poseía su cliente, asegurando que la sentencia del TSJA va a ser determinante en el sentido de que la expropiación se basaba en la comisión de una serie de delitos que había cometido el presidente del Recreativo y que esto justificaba que se le expropiara de sus acciones por causas de interés público y de interés social. Nosotros creemos que los jueces van a entender perfectamente que esa expropiación no tiene causa y que además tampoco tiene sentido que se expropien de las acciones, porque es que las acciones no están protegidas como Bien de Interés Público. Estamos convencidos que se va a revocar esa expropiación y se le va a devolver la totalidad de las acciones que han sido injustamente expropiadas al patrimonio de Pablo Comas y de las sociedades que representaba. Y por lo tanto podrá ser presidente, con seguridad, si es lo que él desea. Pero en cualquier caso mi cliente tendría de nuevo sus acciones, siendo mayoría y podría disolver el club si le apetece. La causa de la expropiación tiene que estar completamente justificada. Es decir, si a mí me expropian un terreno para hacer una autovía porque dicen que es una causa de interés público y social, y se demuestra que no había tal interés público, y no se puede volver atrás porque ya se ha construido la carretera, entonces es cuando no se puede devolver los bienes y se transforma en dinero. Pero en este caso se puede devolver perfectamente las acciones que han quitado a mi cliente de manera ilegal. No tenemos ningún temor a la auditoría forensePor último, habló de las posibles nuevas causas que pueden interponerse, gracias a la información contenida en la auditoría forense. Sobre ello dijo no tenemos ningún temor. Los hechos que fueron causa de enjuiciamiento, relativo a actos que se cometieron durante su la presidencia era un procedimiento abierto donde cabía ahí todo tipo de posibilidades y de acciones, y creemos que el efecto de una causa probada les impide reabrir nuevos procedimientos por hecho similares. Otra cosa sería que presentarán hechos absolutamente distintos, que no tengan nada que ver con el objeto del enjuiciamiento. Pero si van otra vez a intentar ver cuál ha sido su actividad como presidente del Recreativo, yo creo que ahí van a volver a pinchar en hueso.

En cuanto a si esperan algún tipo de sorpresa por el posible recurso que presente el Trust, por medio de sus cuatro querellantes, el letrado aseguró que la sorpresa se la van a llevar ellos porque recurrir una sentencia absolutoria, y viene dicho por todos los tribunales máximos de ordenamiento jurídico, es prácticamente imposible de dar vuelta atrás. Cuando una sentencia es absolutoria, manteniendo los hechos probados e inamovibles, es imposible que exista después una sentencia condenatoria. Esto viene así determinado jurisprudencialmente desde hace tiempo y la sorpresa se la van a llevar ellos si intentan ir por ese camino.

Preguntado por la indemnización que solicitan para su cliente de 754.000 euros más intereses, Sánchez Pego explicó que es una reclamación de cantidad por el dinero que mi cliente ha entregado al Recreativo de Huelva y que excede el dinero que le faltaba por pagar. Es lo que ha quedado acreditado en la sentencia. Si él ha entregado en una sociedad más dinero que lo que pagó por sus acciones, cuando además ha sido expropiado de una manera que nosotros también consideramos ilegal, tendrá derecho a reclamar todo el dinero que ha entregado y es suyo. Yo entiendo que estamos ante un procedimiento ordinario de reclamación de cantidad ante un Juzgado de Primera Instancia de Huelva.

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