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El Comité de Competición castiga con 13 partidos de sanción a Lado y le quita un punto al Atlético Onubense

10.33 h. El Comité de Competición de la Real Federación Andaluza de Fútbol (RFAF) ha castigado con 13 partidos de sanción al jugador del Atlético Onubense Lado y le ha restado un punto de la clasificación al filial recreativista, como informa @litelchau.

El Comité de Competición castiga con 13 partidos de sanción a Lado y le quita un punto al Atlético Onubense

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El futbolista georgiano de 19 años Lado Chikhradze se perderá lo que resta de competición en División de Honor con el Atlético Onubense, club al que llegó la pasada temporada y en el que en el presente ejercicio había disputado 10 encuentros, uno de ellos como titular, anotanndo dos goles. El Comité de Competición ha señalado lo siguiente: 8 Partidos de suspensión y multa accesoria por efectuar una acción violenta, sin llegar a constituir agresión al árbitro. Advirtiendo al club que la misma computa como segunda y tercera ocasión a los efectos del artículo 75 del Código de Justicia Deportiva de la RFAF. Más 5 partidos de suspensión y multa accesoria por amenazar al árbitro desde el túnel de vestuarios. Advirtiendo al club que la misma computa como primera ocasión a los efectos del artículo 75 del Código de Justicia Deportiva de la RFAF, un total de 13 partidos.  ClasificaciónAdemás, la RFAF también ha sancionado con un punto menos en la tabla al filial albiazul, que peleará por conseguir la permanencia en División de Honor en la segunda fae liguera: Dado que el Atlético Onubense, ha computado sanciones en tres ocasiones a los efectos del Artículo 75 del Código de Justicia Deportiva de esta R.F.A.F., éste Comité, en aplicación del citado artículo procede sancionar con la pérdida de un punto en la clasificación al citado club. 

El futbolista georgiano de 19 años Lado Chikhradze se perderá lo que resta de competición en División de Honor con el Atlético Onubense, club al que llegó la pasada temporada y en el que en el presente ejercicio había disputado 10 encuentros, uno de ellos como titular, anotanndo dos goles. El Comité de Competición ha señalado lo siguiente: 8 Partidos de suspensión y multa accesoria por efectuar una acción violenta, sin llegar a constituir agresión al árbitro. Advirtiendo al club que la misma computa como segunda y tercera ocasión a los efectos del artículo 75 del Código de Justicia Deportiva de la RFAF. Más 5 partidos de suspensión y multa accesoria por amenazar al árbitro desde el túnel de vestuarios. Advirtiendo al club que la misma computa como primera ocasión a los efectos del artículo 75 del Código de Justicia Deportiva de

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