DESESTIMA EL RECURSO DE LA PROMOTORA
TSJA confirma la nulidad de la adjudicación de los terrenos para el proyecto de las torres de Punta Umbría
14.28 h. El Alto Tribunal andaluz sostiene que se trata de “un acto nulo de pleno derecho” y condena en costas a la empresa Riaumbría Towers.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia del Contencioso-Administrativo 3 de Huelva que anuló (junio de 2020) la adjudicación a Riaumbría Towers de los terrenos ubicados en la Avenida Ciudad de Huelva , junto a los antiguos depósitos de agua, en los que tenía previsto construir dos torres de viviendas de 19 plantas de altura, desestimando el recurso de apelación presentado por la promotora.
En la nueva sentencia relacionada con el proyecto de las torres, recurrible en casación ante la misma sala, el Alto Tribunal andaluz condena en costas (800 euros) a la empresa y sostiene que la referida adjudicación es “un acto nulo de pleno derecho, no meramente anulable ni mucho menos de una simple irregularidad no invalidante, como ha postulado la representación letrada de la entidad adjudicataria”.
El TSJA reproduce para su decisión los argumentos expuestos en la anterior sentencia por el juzgado de Huelva, que entendió que el el acto de adjudicación partía de “un presupuesto viciado de nulidad”, por lo que declarada ésta, la consecuencia no era otra que la anulación a su vez del acto de concreta adjudicación.
Entre otros aspectos del proyecto urbanístico, se destaca que la previsión de viviendas a construir es de un total de 172, de las que únicamente 52 (las correspondientes a la parcela R1) se contemplan como viviendas protegidas. “Resulta evidente que el acto de enajenación impugnado no puede cabalmente separarse de las condiciones inherentes a la propia venta, que aparecen delimitadas o configuradas en el pliego reseñado de manera que, tal y como propugna la tesis actora, entra en frontal contradicción con las exigencias de la ley, en la medida en que su destino prioritario no es otro que la construcción de viviendas libres”
En cuanto a la valoración de la prueba y a la normativa de aplicación, afirma el TSJA que “la extensa motivación de la sentencia apelada, que hacemos nuestra, muestra bien a las claras que, ni en la valoración de los hechos, ni en la aplicación del derecho, se ha incurrido en ningún error”.
El proyecto urbanístico tiene otra vía abierta en el Tribunal Supremo (TS), que admitió el recurso de casación presentado por la empresa Ríaumbría contra anulación del proyecto después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dando la razón al Ministerio de Transición Ecológica, anulara el acuerdo del Ayuntamiento de Punta Umbría por el que se le daba luz verde al considerar que vulneraba la Ley de Costas.
El plan de las dos torres acumula hasta el momento unas diez sentencias desde que el proyecto llegó a los tribunales por primera vez vía recurso en 2017.