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El SEPE confirma su nueva ayuda de más de 37.000 euros para desempleados: estos son los requisitos para solicitarla

Consiste en cobrar la prestación contributiva por desempleo en un único pago para invertirla en un proyecto de emprendimiento

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Nueva ayuda del SEPE de 3.000 euros para las personas que no tienen paro: estos son los requisitos

Imagen de archivo del interior de una oficina del Servicio Andaluz de Empleo junta de andalucía

HUELVA24

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha recordado recientemente la posibilidad de acceder a una ayuda económica que permite cobrar de golpe la prestación contributiva por desempleo. Se trata de una fórmula que puede alcanzar los 37.800 euros, pensada para personas desempleadas que quieren emprender un negocio por cuenta propia.

Esta modalidad no es nueva, pero sí poco conocida. Consiste en capitalizar el paro, una opción legal que facilita a los desempleados disponer de toda la prestación que les corresponde en un solo pago. El objetivo es fomentar el autoempleo y facilitar el inicio de una actividad laboral sin depender del cobro mensual del paro.

El importe final dependerá de la cuantía total que le reste al solicitante por percibir de la prestación contributiva. Según los datos del SEPE, el subsidio medio en España ronda los 1.000 euros mensuales, por lo que alguien con derecho a 24 mensualidades podría acceder a una cantidad próxima a los 24.000 euros, y en algunos casos superar los 37.000 euros.

¿Cuál es la ayuda de más de 37.000 euros del SEPE?

Esta ayuda se conoce como pago único o capitalización de la prestación contributiva. Está dirigida a personas que reciben el paro y desean iniciar una actividad como trabajadores autónomos o incorporarse como socios a cooperativas o sociedades laborales. En lugar de percibir la ayuda mensualmente, el SEPE permite cobrarla de una sola vez.

Esta medida busca fomentar el autoempleo y reducir la dependencia del sistema de prestaciones. También se puede utilizar para cubrir los gastos de inversión necesarios para arrancar la actividad (como compra de equipos, alquiler de local, etc.) o para cubrir la cotización a la Seguridad Social como trabajador autónomo.

Sin embargo, solo se realiza el pago único del 100% de la prestación contributiva pendiente si se justifica que ese dinero estará destinado en su totalidad a cubrir los gastos asociados a la inversión inicial. En el caso de que la inversión sea menor, no se pagará al completo y se usará la cantidad restante para pagar la cuotade autónomo a la Seguridad Social.

Requisitos para solicitarla

Para poder beneficiarse de esta opción es necesario estar cobrando una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente por recibir al menos tres mensualidades. Además, el solicitante no puede haber iniciado aún la actividad para la que pide el pago único.

Otros requisitos clave son:

-No haber cobrado el pago único en los cuatro años anteriores.

-Acreditar con un proyecto el inicio de una actividad como autónomo, la incorporación a una cooperativa o sociedad laboral.

-No haber impugnado el despido en los tribunales (en caso de que proceda).

-Darse de alta como autónomo o en la entidad correspondiente en el plazo máximo de un mes desde que se concede la ayuda.

Cómo se solicita

La solicitud debe hacerse antes de iniciar la actividad laboral o darse de alta como autónomo. Se puede realizar de forma presencial en una oficina del SEPE, con cita previa, o por internet a través de la sede electrónica del SEPE (www.sepe.es), accediendo con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.

Además de rellenar el formulario específico, es necesario presentar una memoria explicativa del proyecto o actividad a desarrollar. En ella se deben detallar los gastos previstos, el plan de viabilidad y el destino que se le dará al importe de la ayuda.

El SEPE estudia cada caso de forma individual y, si se cumplen los requisitos, autoriza el pago único. Esta opción supone una vía eficaz para quienes, estando en paro, quieran poner en marcha un proyecto y necesiten un impulso económico para comenzar.

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