El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha activado una nueva ayuda económica destinada a quienes han agotado su prestación contributiva por desempleo. Esta medida forma parte de la reforma aprobada mediante el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, que busca simplificar y mejorar la protección asistencial por desempleo. Entró en vigor en noviembre de 2024, aunque los cambios en compatibilidades con empleo se han comenzado a aplicar a partir de abril de 2025.
La principal novedad es que ya no hay que esperar un mes tras agotar el paro para solicitar el nuevo subsidio y este puede compatibilizarse con un empleo mediante un complemento específico. Esta dinamización responde a la necesidad de garantizar apoyo económico inmediato mientras se facilita la reincorporación laboral.
En qué consiste la ayuda
La prestación ofrece una cuantía progresiva para ayudar económicamente a las personas desempleadas mientras buscan empleo. Esta se articula en tres fases con cuantías decrecientes:
-6 primeros meses: hasta 570 €/mes, equivalente al 95 % del IPREM actual.
-Meses 7 a 12: baja a 540 €/mes (90 % del IPREM).
-Desde el mes 13: se reduce a 480 €/mes (80 % del IPREM).
Esta estructura, que puede superar los 6.600 euros al año, está diseñada para ofrecer un respaldo sostenible mientras se incentiva la reincorporación al mercado laboral.
Además, esta ayuda puede compatibilizarse con un empleo si se cumplen ciertos requisitos, una innovación prevista para favorecer la transición hacia una actividad laboral sin perder cobertura económica.
Quién puede solicitarla y cómo hacerlo
Este subsidio está dirigido a personas desempleadas con edades comprendidas entre los 30 y los 55 años que hayan agotado la prestación contributiva. Para acceder a él es necesario que los ingresos mensuales no superen los 810 euros, equivalentes al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). También se requiere haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral, de los cuales al menos dos deben haberse acumulado en los últimos quince.
Además, es obligatorio estar inscrito como demandante de empleo y firmar la declaración de búsqueda activa, comprometiéndose a participar en las acciones de inserción que proponga el SEPE.
La solicitud debe presentarse en un plazo máximo de seis meses tras finalizar el paro, pudiendo realizarse a través de la sede electrónica del organismo, en las oficinas de atención presencial o mediante registro público habilitado.
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