EN LOS ÚLTIMOS MESES

El Obispado de Huelva obliga a la Hermandad de la Victoria a convocar elecciones anticipadas «por presuntas irregularidades»

La cofradía del Miércoles Santo hace pública la cita para el 22 de junio por orden de Palacio

También observa ciertas «desavenencias con el director espiritual y párroco del Polvorín»

Tomás Díaz, elegido Hermano Mayor de la Hermandad de la Victoria

Aprobada la única candidatura a Hermano Mayor y Junta de Gobierno

Habrá elecciones en la Hermandad de la Victoria el 22 de junio Redes sociales Candidatura Tomás Díaz

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La Hermandad de la Victoria de Huelva hacía pública el pasado lunes, a través de sus redes sociales, la convocatoria del cabildo de elecciones de junta de gobierno, que tendrá lugar el próximo 22 de junio.

Estas elecciones se ven forzadas a adelantarse en el calendario por «presuntas irregularidades detectadas en los últimos meses», tal como comunicaba el programa cofrade de la televisión municipal. Además, este medio afirmaba que el propio Obispado de Huelva ha instado a la actual Junta de Gobierno a dicho adelanto, alegando también ciertas «desavenencias con el director espiritual y párroco del Polvorín».

La popular hermandad tenía previsto su cabildo de elecciones en el mes de mayo del próximo año 2025, cuando la legislatura de Tomás Díaz García cumpliese su mandato natural. Por las razones expuestas, dicho plazo se ha visto alterado por mandato de la Delegación Diocesana para las Hermandades y Cofradías de Huelva.

Sin voto por correo

Los hermanos de la Victoria tendrán hasta el 22 de mayo para consultar el censo y presentar candidaturas para el gobierno de la cofradía. Para poder ejercer el derecho a voto, los hermanos deberán tener 18 años cumplidos a fecha 22 de junio de 2024 (fecha de celebración de las elecciones), tener al menos 1 año de antigüedad en la hermandad a fecha 22 de junio de 2024 y no tener deudas con la hermandad por cuotas a fecha 31 de diciembre de 2023.

A diferencia de las elecciones anteriores, en esta ocasión no se prevé la posibilidad de emisión de voto por correo, pudiendo ejercerse el derecho a voto únicamente de forma presencial.

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