Confirman una pena de cinco años de cárcel por meterle fuego a la casa en la que convivía con su pareja

Tras agredirla, aplicó la llama directa de un mechero a la cortina del dormitorio y la del salón

Puso en peligro a todos los vecinos del edificio

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Fachada del TSJA europa press
María Carmona

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de cinco años de prisión a una mujer que metió fuego a la vivienda en la que convivía con su pareja, después de agredirla, y poniendo en riesgo la integridad de todas las personas que vivían en el edificio.

Los hechos se remontan a diciembre de 2020 y la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ya condenó a la acusada por los mismos mediante sentencia en 2022, considerándola culpable de un delito de incendio y un delito de lesiones, y condenándola a cinco años de cárcel por el primero de los delitos, y a siete meses por el de lesiones.

Ahora, y tras recurrir dicha sentencia, el TSJA confirma la condena al considerar que «la defensa de la acusada no suministra en su recurso elementos de juicio que pudieran poner seriamente en cuestión la valoración probatoria de la sentencia impugnada, aduciendo una serie de argumentos que no alcanzan a suscitar un margen de duda razonable sobre la culpabilidad del recurrente«.

Culpabilidad que se determina a partir no sólo de la declaración de la víctima, sino también de la investigación policial del equipo que se personó en el lugar de los hechos.

Hechos probados

Hechos que se produjeron, según establece la sentencia, en una vivienda de Huelva capital en la que convivían la mujer condenada y su pareja, casadas en ese momento -2020- desde hacía un año.

Así, «encontrándose ambas en el citado domicilio mantuvieron una discusión en el curso de la cual la procesada golpeó a María d. l. C. con los puños en la cabeza y cuello, cayendo María d. l. C. al suelo, dándole la procesada patadas en la espalda y tirándole en la frente el teléfono móvil que se rompió, tras lo que se dirigió a la cocina, momento que aprovecho María d. l. C. para abandonar la vivienda con su perro«.

«Seguidamente la procesada María Ángeles R. R., con ánimo de incendiar la casa, con un mechero cliper aplicó la llama directa y prendió fuego a la cortina del dormitorio de matrimonio que comenzó a arder, así como a la cortina del salón de la vivienda, poniendo en riesgo de incendio estructural el edificio donde se encuentra ubicada, creándose una situación de peligro para el resto de los vecinos del edificio que fueron desalojados, si bien no se produjeron daños personales«.

Fue una dotación de la Policía Nacional personada en el lugar -tras haber sido avisada por el hermano de la víctima- la que se percató del incendio y alertó a los bomberos, que afortunadamente quedó extinguido rápidamente.

La acusada, al ser cuestionada por dichos agentes, se limitó a señalar que «la casa se ha quemado», y pese a negar los hechos el informe pericial no dejó lugar a dudas de que el incendio, con dos focos diferentes, había sido intencionado, siendo ella la única persona que se encontraba en la vivienda en ese momento -tras haber huido su pareja a refugiarse a la octava planta del edificio-.

Lesiones

Como consecuencia de la agresión la pareja de la condenada sufrió lesiones y además, «como consecuencia de los hechos, padece un trastorno adaptativo con reacción mixta ansioso depresivo«.

Por todo ello, la Sección Primera de la Audiencia Provincial condenó a la acusada a cinco años de cárcel como autora responsable de un delito de incendio y a siete meses por un delito de lesiones, además de la pena de prohibición de acercarse a menos de 200 metros y de comunicarse por cualquier medio con la víctima durante cinco años.

Además, le impone para su pareja una indemnización de 280 euros por las lesiones, 1.466 euros por los daños en la vivienda, y 6.000 euros por daños morales.

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