entre 2005 y 2013

Un año de prisión y multa de 6.500 euros para un empresario por construir naves en suelo rústico

17.57 h. El Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva ha condenado a un año de prisión y al pago de 6.500 euros de multa, así como a dos años de inhabilitación para construir, a un empresario que, al menos desde el año 2005 y hasta 2013 y en calidad de promotor, ha llevado a cabo la construcción de naves, oficinas y plataformas de hormigón en suelo rústico, y además de especial protección, en el término municipal de Moguer.

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La sentencia ha sido dictada este mismo lunes tras un acuerdo entre las partes y conformarse el acusado con la citada pena, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

Cabe recordar que el Ministerio Fiscal solicitaba para este hombre dos años de prisión, una multa que ascendía a los 7.300 euros y el mismo periodo de inhabilitación, pena que al final se ha visto rebajada en lo relativo a la prisión y a la cuantía económica.

El juez considera probado que las naves y la plataforma de hormigón se realizaron entre 2011 y 2013, tratándose de unas construcciones que forman parte de las instalaciones de una empresa dedicada a la chatarra, gestionada por el condenado, al que considera autor de un delito de construcción ilegal en suelo no urbanizable.

En cuanto a la pena de prisión, se le ha suspendido durante tres años condicionada a la demolición salvo legalización expresa de la construcción, ya que cuenta con un trámite un contencioso sobre las instalaciones.

Este suelo fue decretado de especial protección por el Ayuntamiento de Moguer para evitar la formación de núcleo de población y por la protección paisajística, y este hombre no solicitó en ninguno de los casos autorización-licencia municipal para su construcción, ni contó tampoco con licencia de apertura y actividad en las instalaciones.

Las obras fueron denunciadas por la Guardia Civil ante el juzgado en marzo de 2016 y con anterioridad ante el Ayuntamiento en octubre de 2015 y éste, por ser las obras ilegales e ilegalizables, las paralizó y abrió expediente de restauración de la legalidad urbanística. Por este motivo, por incumplir la paralización y el precinto, el acusado fue condenado en sentencia de conformidad del Juzgado de lo Penal número 2 en enero 2017 por delito de desobediencia grave.

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