IMPUESTO MUNICIPAL

Upeco recurre ante el TSJA la ordenanza del ICIO del Ayuntamiento

19.26 h. La organización empresarial ha informado que en el pleno del Consistorio onubense, celebrado el 28 de octubre de 2010, se aprobó la modificación provisional de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) del municipio.

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La Unión Provincial de Empresarios de la Construcción (Upeco) ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la ordenanza del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) del Ayuntamiento de Huelva. La organización empresarial ha informado que en el pleno del Ayuntamiento de Huelva, celebrado el 28 de octubre de 2010, se aprobó la modificación provisional de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) del municipio.De este modo, contra dicha aprobación provisional, Upeco realizó alegaciones que se remitieron al Ayuntamiento de Huelva el 30 de diciembre de 2010. Las alegaciones pretendían que el Ayuntamiento de Huelva adoptara en la ordenanza del ICIO bonificaciones de los impuestos municipales para la promoción y construcción de VPO en Huelva capital, como tienen establecidos el resto de las capitales de Andalucía. Las alegaciones de Upeco se basaban en que dado el critico momento por el que atraviesa el sector de la construcción seria conveniente proceder a una reducción general de dicho tipo impositivo para favorecer la reacción del sector. Desde Upeco se propone reducir un 50 por ciento el tipo general hasta el dos por ciento sobre el coste de la obra.Asimismo, entienden que es más acertado considerar para la rehabilitación una bonificación en la cuota tributaria. En cuanto a las modificaciones del Art. 9 de la Ordenanza fiscal vigente, estiman que no se fijan unos criterios objetivos para las bonificaciones y todas se dejan al criterio del pleno del Ayuntamiento. La falta de criterio objetivo y la discrecionalidad de la decisión de la bonificación provocará una inseguridad jurídica que no propiciará las futuras inversiones en Huelva. Además, destacan que debiera existir una bonificación general para vivienda de protección oficial en todos sus regímenes y tanto para la compraventa como para el alquiler y la rehabilitación. Esta bonificación debería ser la que existía antiguamente en la ordenanza y que de acuerdo con la Ley, debería alcanzar el 90 por ciento de la cuota del impuesto. Con respecto a este punto, Upeco ha concretado mediante un estudio comparativo del ICIO en las capitales andaluzas, que Huelva es la única capital de Andalucía que no tiene ningún tipo de ayuda para la promoción y construcción de VPO en ninguno de sus regímenes. Recibidas las alegaciones realizadas por Upeco, el pleno del Ayuntamiento de Huelva en su sesión de 26 de enero de 2011 acordó el rechazo de las mismas y la aprobación definitiva de la ordenanza del ICIO con el mantenimiento de las modificaciones aprobadas provisionalmente.Ante el rechazo de sus alegaciones y considerando que la ordenanza del ICIO aprobada por el Ayuntamiento de Huelva perjudica tanto a las empresas del sector como a los ciudadanos de Huelva capital, Upeco ha presentado con fecha 8 de abril de 2011 recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, pidiendo en dicho recurso la declaración de nulidad de la ordenanza del ICIO del Ayuntamiento de Huelva.

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