ordena la inmediata reanudación de los contratos

El TS confirma la sentencia del TSJA sobre el ERTE de UGT-A, que declaró nulo el expediente que afecta a 57 empleados

19.14 h. La sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que declaró nulo el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de UGT-A, que afecta a 57 trabajadores. De esta forma, queda desestimado el recurso de casación presentado por el propio sindicato contra la sentencia del 7 de noviembre de 2013.

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Según la sentencia, consultada por Europa Press, el TS desestima el recurso de casación presentado por el propio sindicato contra la sentencia del 7 de noviembre de 2013 dictada por la Sala de lo Social del TSJA. No establece costas.

De esta forma, el Alto Tribunal español conforma la sentencia del Alto Tribunal andaluz. La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó sentencia declarando nulo el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de UGT-A, que afecta a 57 trabajadores, y que ordena la inmediata reanudación del contrato de trabajo, además de condenar al sindicato al pago de los salarios dejados de percibir por los trabajadores afectados o al abono de la diferencia respecto del importe de la prestación por desempleo percibida durante el período de suspensión.

En su sentencia, el Tribunal Supremo argumenta la nulidad de la suspensión de los contratos de trabajo por incumplimiento del deber de buena fe en el período de consultas, toda vez que apunta que pese a haberse facilitado la documentación exigible, la misma resulta poco fidedigna.

Una cosa es que los documentos aportados sean los que se exige reglamentariamente para la tramitación de la suspensión de contratos de trabajo, y otra distinta es que, pese a ello, tales documentos no contengan información completa y plenamente fiable sobre los datos imprescindibles para la negociación, agrega el Supremo en sus sentencia, donde considera que la empresa infringió su deber de actuar de buena fe.

Asimismo, alude a una serie de dudas sobre la fiabilidad de la documentación aportada y agrega que está en juego la garantía de la información ofrecida a la parte social en el período de consultas.

El pasado mes de diciembre el Tribunal Supremo abordó el recurso presentado por el sindicato UGT-A contra la sentencia del TSJA por el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) presentado por el sindicato, que afectaba a 57 personas.

Este ERTE afectaba a 57 trabajadores en Andalucía, seis pertenecen al centro de UGT-A, esto es, la sede regional, y el resto, la mayoría, proceden de las provincias.

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