¿Tengo derecho a cobrar la ayuda por nacimiento si estoy cobrando el paro o un subsidio? Esto es lo que dice el SEPE

El organismo plantea lo que sucede si, mientras se está cobrando alguna de estas dos ayudas, una persona pasa a la situación de maternidad o de paternidad

Esta es la ayuda de 480 euros del SEPE que pueden solicitar aquellos que hayan agotado el paro

La ayuda del SEPE de 500 euros que puedes cobrar si has trabajado menos de un año

Imagen de archivo una mujer saliendo de una oficina del SEPE en Andalucía EP
Á. G.

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La prestación contributiva, llamada comúnmente paro, y el subsidio por desempleo son dos de las ayudas que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para aquellas personas que, pudiendo y queriendo trabajar, se encuentran sin trabajo. La primera va dirigida a quienes han cotizado más de un año, mientras que la otra la reciben los trabajadores que han cotizado menos de 365 días. En ambos casos, el organismo que gestiona estas ayudas trata de proporcionar apoyo financiero a las personas que están desempleadas, ayudándolas a cubrir sus necesidades básicas mientras buscan un nuevo empleo.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que el paro o el subsidio por desempleo ofrecidos por el SEPE pueden ser incompatibles con otras ayudas del mismo organismo, el cual trata también de evitar la acumulación indebida de beneficios por parte de los solicitantes. Esta es justo la incógnita que se plantean los desempleados que están percibiendo la prestación contributiva o el subsidio por desempleo y son padres, y que buscan también resultar beneficiarios de la ayuda por nacimiento.

La ayuda por nacimiento y el paro, según el SEPE

A modo de contexto, el SEPE ofrece una pensión por nacimiento y cuidado del menor a los padres desempleados, quienes tendrían acceso a ella según su situación laboral. Esta ayuda busca proporcionar un apoyo con los gastos familiares, estando disponible para aquellos que hayan tenido hijos por diferentes medios (parto, adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción). Para comprobar el tratamiento hacia los solicitantes, según la prestación que reciben, el SEPE diferencia entre los beneficiarios del paro o del subsidio por desempleo que pasan a la situación de maternidad o de paternidad en el apartado 'Estoy en situación de maternidad / paternidad' de su página web, indicando lo que sucede en cada caso.

Dos personas son atendidas en una oficina del SEPE EP

Por un lado, si la maternidad o paternidad sucede mientras se está cobrando el paro, la persona debe solicitar la suspensión del mismo para poder iniciar el cobro de la ayuda por nacimiento, que es abonada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Este proceso se realiza a través de la Sede Electrónica del SEPE o en una oficina de prestaciones (se requiere cita previa), debiendo presentar junto a la comunicación de la baja una serie de documentos:

- Para maternidad: Libro de Familia o documento que acredite la adopción o el acogimiento, o informe de maternidad, o cualquier documento que acredite esta situación.

- Para paternidad: Libro de Familia, o documento que acredite la adopción o el acogimiento.

Aceptada la baja, el solicitante debe solicitar en una oficina del INSS la ayuda por nacimiento. Una vez se apruebe y pase a ser beneficiario, cabe destacar que durante el tiempo que dure no se consumen días de paro, sino que reanudaría esta prestación contributiva -con el mismo importe- cuando se levante la suspensión. Esto sucedería cuando finalice el período de maternidad/paternidad, aunque antes de reactivarse la demanda de empleo. A partir de ahí, la persona beneficiaria dispone de quince días para solicitar la reanudación del paro; si se pasa de fecha, se reanudaría a partir de la fecha de solicitud y perdería tantos días de paro como hayan transcurrido entre la fecha en que haya finalizado la prestación de maternidad/paternidad y la fecha de presentación de la solicitud para la reanudación.

La ayuda por nacimiento y el subsidio por desempleo, según el SEPE

Por otra parte, si una persona está cobrando el subsidio por desempleo y se produce entonces la maternidad o la paternidad, el SEPE indica que puede seguir percibiendo la ayuda por la misma cuantía y duración. Para ello, se debe entregar en la oficina de empleo el informe médico de la Seguridad Social para que el SEPE suspenda la demanda de empleo, de manera que el ahora beneficiario de la ayuda por nacimiento no tenga que renovar el subsidio y ni sea convocado a cursos de formación u ofertas de trabajo. Posteriormente, al agotar esa prestación por desempleo, si la persona continúa en situación de maternidad o paternidad, ya no tendría derecho al subsidio.

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