la sentencia habla de 'falta de limpieza del pavimento'

Condenan al Ayuntamiento por los daños que se produjo una mujer al resbalar con excrementos de perro

12.09 h. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Huelva ha condenado al Ayuntamiento de Huelva y a su aseguradora, así como a la empresa encargada de la limpieza de ciudad, a indemnizar a una ciudadana que sufrió una caída en la calle Concepción al resbalar con excrementos de perro.

Condenan al Ayuntamiento por los daños que se produjo una mujer al resbalar con excrementos de perro

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Según los hechos reflejados en la sentencia a la que ha tenido acceso huelva24.com, el 27 de mayo de 2015, sobre las diez de la noche y cuando se encontraba paseando por la calle Concepcion de la capital, “resbaló al pisar varias heces de perro que se encontraban en dicha calle peatonal, sufriendo determinadas lesiones” que necesitaron asistencia hospitalaria. Dichas lesiones quedaron acreditadas con pruebas documentales e informes médicos y en base a ellas reclamó una indemnización de 18.790 euros por daños y perjuicios.

A dicha demanda, prosigue la sentencia, se opuso el Ayuntamiento y su entidad aseguradora, alegando que la responsabilidad de dichos daños y perjuicios debe desestimarse “por no acreditarse el nexo de causalidad entre el daño producido y el funcionamiento del servicio publico”, discrepando asimismo de la baremación de los daños y perjuicios reclamados, pues consideró que la responsabilidad de la caída también fue de la víctima. Asimismo, apuntó que sería a la empresa concesionaria del servicio de limpieza viaria, Cespa SA, a la que debería imputárseles los daños y perjuicios producidos a la parte recurrente.

A este respecto, el tribunal de lo contencioso-administrativo recordó en la sentencia que los particulares, en los términos establecidos por la Ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes o derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.  Por ello, señaló que debido a “la falta de conservación, mantenimiento y limpieza del pavimento urbano” hace responsable tanto al Ayuntamiento de Huelva y su aseguradora como responsable civil subsidiario, como a Cespa. No obstante, la sentencia redujo las pretensiones de la víctima de la caída por “la obligación de todo persona de prestar la atención debida a los obstáculos existentes en la vía publica cuando va caminando por ella”, fijando finalmente una indemnización de 9395,34 euros (la mitad de los reclamado por la demandante), que serán abonadas de un modo solidario por las tres entidades denunciadas.

El abogado de la demandante, José Casto Rodríguez, del despacho Casto Rodríguez Abogados, destacó la importancia de la resolución judicial, ya que es la primera sentencia de Huelva que condena al Consistorio de forma expresa por, literalmente, falta de limpieza de las calles, así como por el problema derivado de la presencia de excrementos de perros en la vía pública. Además, el letrado considera que esta sentencia abre la puerta a futuras demandas contra el Ayuntamiento basadas en la falta de limpieza en las calles, por las cacas de los perros depositadas en ellas.

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