acuerdo de conformidad entre fiscalía y defensa

18 meses y 1.800 euros de multa para el matrimonio de la ´ecoaldea´ de El Calabacino por construcción ilegal

17.49 h. El Ministerio Fiscal y la defensa del matrimonio acusado de construir una vivienda supuestamente ilegal en la aldea de El Calabacino en Alájar y cuyo juicio se celebraba este lunes, han alcanzado un acuerdo para que se dicte una sentencia de conformidad. La Fiscalía interesa pide que se imponga a cada acusado la pena de un año y seis meses de prisión, así como una multa de 1.800 euros, aspectos que ha aceptado la defensa.

Huelva24

Huelva

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Así las cosas, la Fiscalía señala que los hechos son constitutivos de un delito contra la Ordenación del Territorio, del artículo 319.1 del Código Penal, de manera que procede imponer a cada acusado la pena de un año y seis meses de prisión; multa de doce meses con una cuota diaria de cinco euros (total de 1.800 euros), con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas en caso de impago por insolvencia; así como inhabilitación especial por un año para oficio de promotor-constructor.

Además, se acuerda la demolición de las construcciones reseñadas en la conclusión primera a cargo de los acusados y previa elaboración por los mismos de un proyecto técnico que, con licencia del Ayuntamiento y el visto bueno de la Dirección del Parque Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, garantice la restauración total del espacio natural afectado. No obstante, no procederá dicha demolición si en el plazo de cinco años se declara por las administraciones competentes su legalización expresa. Así, de no realizarse la demolición preceptiva, las ejecutará la administración a su costa embargándoles bienes suficientes para asumir su coste y acordándose en todo caso el comiso de las construcciones.

En su escrito de acusación, la Fiscalía recoge que los acusados, esposos, mayores de edad y sin antecedentes penales, han realizado, en calidad de promotores/constructores, la edificación de una vivienda de 7,32 metros de fachada por 10,32 de lateral-fondo y cinco de altura. Señala que esta edificación se encuentra situada en suelo no urbanizable de especial protección por estar enclavada dentro del Parque Natural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche (Zona C), por lo que los acusados no solicitaron licencia municipal ni autorización de la Dirección del Parque Natural, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

En concreto, indica que las obras, iniciadas en 2015 están casi terminadas, se realizan para vivienda habitual de los denunciados y sus hijos menores en una finca sin actividad agrícola ni ganadera, incompatible con la legislación protectora del Parque Natural aprobada por el Decreto 210/2003 de 15 de julio y que prohíbe nuevas viviendas sin vinculación con usos agrícolas-ganaderos-forestales. Para la construcción se ha utilizado gran parte de paja y madera lo que supone riesgo de incendio.

Así, recuerda que detectadas las obras por agentes de Medio Ambiente en marzo de 2016, se denunciaron ante este Juzgado que abrió diligencias previas el 22 de marzo de 2017, existiendo además expedientes sancionadores abiertos por la Delegación de Medio Ambiente (con sanción pecuniaria y obligación de demoler) y el Ayuntamiento, ambos suspendidos por la tramitación de esta causa penal.

Desde la Fiscalía apuntan que las obras no son legalizables a día de hoy por incumplir además las normas subsidiarias provinciales y no existir en la finca explotación agrícola o ganadera. Actualmente por el Ayuntamiento y la Consejería se trabaja en la redacción del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) con la posibilidad futura de legalizar lo construido como habitat rural diseminado al amparo del Decreto 2/2012. Por su parte, la demolición de lo ilegalmente construido y la restauración del lugar han sido tasadas en 1.848,50 euros.

Valoración de la defensa

Por su parte, en declaraciones a los medios, el letrado del matrimonio, Ignacio Martínez, ha subrayado que las personas que viven en ecoaldeas son personas totalmente concienciadas con el medio ambiente que han elegido vivir en el mundo rural, así como tienen una conciencia absolutamente completa de cual es su papel con el medio y su interacción con el mismo, de manera que contribuyen a la conservación y eso es lo que la legislación aún no ha contemplado.

Además, el letrado ha remarcado que el capital rural del país está desaprovechado, recordando que la sociedad va por delante del legislador y no se pueden aplicar leyes desfasadas.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico
Reporta un error en esta noticia