DECRETO DEL OBISPADO

Los actos religiosos que se celebren en la calle deberán contar con autorización municipal

14.03 h. Tras levantarse el estado de alarma, que 'no supone el fin de una situación excepcional', el Obispado exigirá además el visto bueno de la parroquia de la que dependa el acto a celebrar.

Los actos religiosos que se celebren en la calle deberán contar con autorización municipal

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Los actos religiosos de culto, litúrgicos y de piedad o devoción que vayan a desarrollarse en la vía pública deberán de respetar escrupulosamente las disposiciones sanitarias vigentes y contar con dos autorizaciones expresas.

Así lo recoge el decreto hecho público hoy por el vicario general de la diócesis de Huelva, Emilio Rodríguez Claudio, por mandato del obispo, Santiago Gómez, en relación al uso de la vía pública para estos actos una vez finalizado el estado de alarma decretado por el Gobierno , que “no supone el fin de una situación sanitaria excepcional”, subraya.

En este sentido, señala que tanto la administración autonómica como local “irán dictando disposiciones y limitaciones” respecto de la celebración de actos y, junto al respeto de las normas sanitarias, el Obispado indica que de una forma concreta “se deberá recabar el permiso taxativo y por escrito de la autoridad municipal competente del lugar donde habrá de desarrollarse el acto y remitirse a la Vicaría general”.

Además de este primer permiso referido, la solicitud para la celebración tendrá que ir acompañada del “visto bueno favorable” del curra/párroco.  “En lo que existiera discordancia con estas disposiciones – agrega el decreto- quedarán sin efecto aquellas normas y/o recomendaciones publicadas desde la Diócesis de Huelva a raíz de la situación de crisis sanitaria surgida en el mes de marzo del año 2020”.

El presente decreto entrará en vigor en día de su fecha y su firma, y será posteriormente publicado en el Boletín Oficial de la Diócesis de Huelva.

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