SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

Rechazan que la Junta indemnice con cinco millones a una empresa afectada por un fuego en Minas de Riotinto

14.14 h. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de una empresa sevillana que reclamaba que la Junta de Andalucía le indemnizara con algo más de cinco millones de euros porque su finca se vio afectada por un incendio ocurrido en Minas de Riotinto en el año 2004.

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El Tribunal Supremo ha rechazado que la Junta de Andalucía indemnice con 5.331.891,05 euros a una empresa sevillana cuya finca se vio afectada por el incendio originado en julio de 2004 en el término municipal de Minas de Riotinto y que arrasó más de 30.000 hectáreas de masa forestal de las provincias de Sevilla y Huelva. 

En este sentido, la mercantil había reclamado tal cantidad argumentando para ello la insuficiente actividad de extinción del incendio y por la indebida actuación de la Junta de Andalucía en la prevención del fuego, debido ello al cuidado inadecuado en las fincas de su titularidad a través de las cuales el fuego se propagó hasta la empresa afectada. 

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, al igual que hizo anteriormente el TSJA, pone de manifiesto que el incendio no se originó en las fincas de la Administración, sino probablemente en unos contenedores de basura en Riotinto ubicados a más de 20 kilómetros de distancia. Además, añade que las fincas de la Junta tenían cortafuegos, pero fueron insuficientes ante la virulencia del fuego.

Así, y en cuanto a la posible responsabilidad patrimonial de la Junta alegada por la representación procesal de la empresa, el Supremo pone de manifiesto en su sentencia que no se ha acreditado la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público de prevención y extinción de incendios y la propagación de éste hasta la finca de la empresa. 

Además de denegar la indemnización, el Tribunal Supremo condena a la empresa al pago de las costas.

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