FISCALÍA PEDÍA NUEVE AÑOS DE INHABILITACIÓN
Absuelven al ex alcalde socialista de Campofrío de un delito continuado de prevaricación
17.40 h. La resolución señala que no queda acreditado que el acusado permitiera 'con conciencia y a sabiendas el desarrollo de la actividad sin licencia” de los establecimientos a los que hacía referencia la acusación: un bar de copas y una carnicería.
El Juzgado de loPenal número 3 de Huelva ha absuelto al ex alcalde socialista de Campofrío José Julio González de un delito continuado de prevaricación,para el que la Fiscalía solicitó en su escrito de acusación nueve años deinhabilitación de empleo o cargo público para ser alcalde o formar parte de unacorporación local.
Cabe recordar que en este escrito el Ministerio Públicodetalló que cuando González era alcalde(dimitió en 2011) no adoptó resolución alguna para paralizar lasactividades de dos vecinos de la localidad o para incoar algún tipo deexpediente sancionador, pese a que los establecimientos que estosdesarrollaban -uno de restaurante rural y bar de copas y otro de unacarnicería-, no contaban con la licenciacorrespondiente por incumplir las prevenciones y mandatos legalmenteestablecidos en la legislación.
Sin embargo, según reza en la sentencia, a la que ha tenidoacceso Europa Press, el juez considera que no concurren pruebas objetivas que acrediten que el bar de copas, quedebía abrirse en los sótanos del restaurante, haya tenido alguna vez actividado haya funcionado tras el requerimiento del alcalde a la interesada.De igual forma, respecto al local destinado a una carnicería, el juez entiendeque tampoco consta documental objetiva que acredite la realización en el mismode alguna actividad comercial pues ninguna prueba se ha desarrollado alrespecto.
A su vez, la sentencia recuerda que el comprador del localdeclaró bajo juramento que compró el establecimiento y lo adecuó para abrir unacarnicería pero no llegó a abrirlo porque nole concedieron la correspondiente licencia, aunque actualmente lo utiliza comoalmacén. En este sentido, la resolución señala que no queda acreditado que el acusado permitiera con conciencia y asabiendas el desarrollo de la actividad sin licencia del referidoestablecimiento, procediendo en consecuencia de esta conducta a un pronunciamiento absolutorio.
Durante el juicio, el ex alcalde se declaró inocente yexplicó que los dos locales nunca han estado abiertos, en contra delo que sostenía el fiscal, así como que losdos expedientes estaban bien tramitados pero al observar algunasdeficiencias, se le requirió a los vecinos que las subsanaran, algo queno se ha hecho y por lo tanto no se ha otorgado la licencia, motivopor el cual no cursó ningún expediente sancionador.