estima el recurso de la junta de andalucía

El Supremo revoca una sentencia del TSJA que declaró nulo el Plan de Ordenación de la Costa Occidental de Huelva

18.00 h. El Tribunal Supremo (TS) ha estimado un recurso casación interpuesto por la Junta de Andalucía y anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que declaró nulo el Plan de Ordenación del Territorio (POT) de la Comarca del Litoral Occidental de Huelva por no haber sido sometido a evaluación de impacto ambiental.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda que la Sala de Instancia dicte una nueva sentencia en la que resuelva todas las cuestiones pendientes, evitando nuevas resoluciones que harían interminable la decisión final de la pretensión ejercitada. De hecho, es la segunda ocasión que el Tribunal Supremo se pronuncia sobre este asunto.

Por tanto, según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal deja sin efecto la sentencia del TSJA que declaraba nulo este decreto por el que el Gobierno andaluz aprobó este plan de la Comarca del Litoral Occidental de Huelva.

Por su parte, la sentencia del TSJA entendía que al plan objeto de impugnación le era exigible la Declaración Ambiental estratégica de planes y programas conforme a la referida legislación, pues la fecha límite para su no aplicación es el 21 de julio de 2006, habiendo rebasado la tramitación del Plan la misma.

Así, aunque su aprobación definitiva se produjo el 27 de junio de 2006, la fecha que ha de tomarse en consideración, a juicio de la sentencia, es la de publicación del plan que se llevó a cabo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 160 de fecha 18 de agosto de 2006, en el que se corrigieron y subsanaron errores de la aprobación definitiva de 17 de julio de 2006.

Por su parte, la Junta denunciaba la indebida aplicación por razones temporales de la Ley sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente y de una directiva comunitaria.

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