LEY ELECTORAL
Prohibido inaugurar (o presumir)
12.41 h. El PP denunciará ante la Junta Electoral la difusión de la visita de dos diputados socialistas a unas obras en La Rábida. Nuestros políticos apenas tendrán una semana –del 23 al 30 de marzo- para inaugurar o ‘presumir’ de las obras y logros obtenidos con dinero público.

Por más que nuestros representantes públicos lo ansíen –ahora más que nunca, obviamente, dada la cercanía de dos importantes citas electorales-, en las próximas semanas y hasta el día después de las elecciones Autonómicas no podrán inaugurar, presumir, o atribuirse méritos.
Así lo establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en su artículo 50.2, que señala que a partir de la convocatoria de las elecciones no se puede llevar a cabo ningún “acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.
De hecho, en este sentido ya ha surgido una primera queja, y el Partido Popular de Huelva, según adelanta este martes el diario Huelva Información, denunciará ante la Junta Electoral Provincial la visita de los diputados socialistas Alejandro Márquez y Esperanza Cortés a las obras que el ente provincial está ejecutando –con fondos de la UE- en el paseo sur de La Rábida. Y es que este lunes la Diputación envió a los medios un comunicado y fotografías sobre dicha visita, con declaraciones de Márquez sobre la inversión y ‘sacando pecho’ por el resultado de los trabajos, lo que a juicio del PP infringe “claramente” el mencionado artículo de la ley electoral.
La ‘semana fantástica’
Este año se da la circunstancia de que la proximidad entre los comicios autonómicos y municipales deja a nuestros políticos apenas una semana para poder presumir de sus supuestos logros y llevar a cabo las tradicionales inauguraciones que preceden a cualquier campaña electoral.
Según establece la ley, y dado que la convocatoria de elecciones en Andalucía ya se publicó en el BOJA, este tipo de actuaciones ya están prohibidas hasta el día después de los comicios, que se celebran el 22 de marzo. La cuestión es que, si todo marcha según lo previsto, la convocatoria de las elecciones municipales se formalizará el 31 de marzo -55 días antes de su celebración-, con lo que estas actuaciones volverían a ser vetadas, lo que dejaría a los alcaldes apenas una semana –que se aventura como la ‘semana fantástica’- para sacar pecho, atribuirse méritos y cortar todas las cintas posibles.
Cabe destacar que la ley electoral lo que prohíbe es dar publicidad con fines partidistas a estos proyectos, lo que no tendría que impedir que los mismos sean puestos en marcha en caso de ser acabados.