de forma provisional

Un juez permite que una empleada cobre sin ir a trabajar por el 'ambiente tenso' de la empresa

17.54 h. Un juzgado ha obligado provisionalmente a una empresa onubense a pagar a una trabajadora, natural de Valverde del Camino, casada y de unos 40 años, sin tener que acudir a su puesto de trabajo 'debido al ambiente tenso y a la difícil situación de esta mujer en la empresa'.

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Según explica su abogado Fernando Osuna en un comunicado, el juicio aún no se ha celebrado y tardará cuatro meses, pero a la vista de hacerse insostenible la situación económica de esta trabajadora, al adeudarle la empresa varias mensualidades, el juez ha estimado librarla de acudir a trabajar cobrando los salarios.

El letrado explica que en los procesos en los que se ejercite la acción de extinción del contrato de trabajo a instancia del trabajador con fundamento en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores podrá acordarse, a instancia del demandante, alguna de las medidas cautelares contempladas en el apartado 4 del artículo 180 de esta Ley con mantenimiento del deber empresarial de cotizar y de abonar los salarios sin perjuicio de lo que pueda resolverse en la sentencia.

También en aquellos casos en los que se justifique que la conducta empresarial perjudica la dignidad o la integridad física o moral del trabajador.

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