POR EL PROYECTO DE LAS TORRES
La Justicia anula los presupuestos de 2017 del Ayuntamiento de Punta Umbría por vulnerar la Ley de Urbanismo
12.03 h. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Huelva ha anulado el presupuesto municipal de 2017 del Ayuntamiento de Punta Umbría por 'vulnerar la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)', al estimar el recurso presentado por el portavoz de Unidos por Punta Umbría (UPU), José Carlos Hernández Cansino.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado titular del juzgado considera que las parcelas no se integran en las actuaciones reguladas en el artículo 75 (de la LOUA) ni están previstas en el planeamiento urbanístico u otro instrumento de ordenación urbanístico.
Así, la sentencia explica que los recursos procedentes del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS) deben estar vinculados a los gastos que se describen en la LOUA, y de una análisis de las partidas de inversiones que se pretende financiar con la venta de dichas parcelas y que figuran en el presupuesto general, que forman parte del PMS. De esta forma, según ha señalado a Europa Press José Carlos Hernández Cansino, la sentencia considera que los ingresos por la venta de parcelas integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo no se destinan a los usos previstos en la propia LOUA.
El portavoz de UPU ha afirmado que la sentencia considera las parcelas del Proyecto de las Torres en la zona de los antiguos depósitos integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS), como ya hizo la reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 que también dio la razón al portavoz de UPU, por lo que incidiría en una eventual nulidad de la venta de las citadas parcelas, asunto que está en ese mismo Juzgado y a punto de resolverse.
Hernández Cansino ha manifestado que en el artículo 75.1 de la LOUA se explica que en el PMS solamente se pueden construir viviendas de protección oficial o uso de interés social y el 75.2 viene a decir que el producto de la venta de ese patrimonio solamente se pueden destinar a inversiones que sean viviendas de protección oficial o uso de interés social.
Así, las parcelas de las torres estaban destinadas a viviendas de lujo, en su mayor parte, por lo que ni el uso urbanístico ni el producto de la venta se destinan a lo que dice la ley, ha subrayado Hernández Cansino, que ha recordado que hay un precedente similar de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anulaba el presupuesto del año 2008 del Consistorio de Punta Umbría por el mismo motivo, presentada por dicho portavoz de UPU.
Anuncio de recurso y ataque a Hernández Cansino
Tras conocer la noticia, el Ayuntamiento puntaumbrieño ha anunciado que interpondrá un recurso de apelación contra la sentencia, ya que los informes tanto de la Secretaría como de la Intervención del Ayuntamiento niegan que los terrenos cuestionados sean parte del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS), como estima la sentencia. Por otra parte, las parcelas a las que hace referencia la sentencia no fueron enajenadas durante el ejercicio 2017, por lo que no se obtuvieron ningún tipo de ingresos por ella, ha informado el Consistorio en un comunicado de prensa.
Según ha manifestado la concejal delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de Punta Umbría, Bárbara Carrasco, estamos ante una nueva estratagema de José Carlos Hernández Cansino (UPU) para paralizar el desarrollo de Punta Umbría. A lo que ha añadido que lo que ahora denuncia fue su práctica habitual cuando fue alcalde de localidad.
Para Bárbara Carrasco es completamente despreciable que el único interés de Cansino sea perjudicar intencionadamente a su pueblo. Y ha señalado que lo que realmente le duele y le importa es que salga adelante el proyecto de Ciudad de Huelva y que se arreglen vías como la calle Ibis, Charrán, calle Pato o el resto de actuaciones que estamos haciendo en el municipio.