Y EN LA REDONDELA

Adelante Isla Cristina solicitó la impugnación de las elecciones en el municipio

19.26 h. Por “vulneración del derecho de privacidad del voto de los electores”. La Junta Electoral de Zona, sin embargo, ha desestimado su petición.

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Adelante Isla Cristina ha anunciado que va a impugnar las elecciones municipales y europeas en todos los colegios electorales y todas las mesas de Isla Cristina y La Redondela. El motivo fundamental, según exponen, es la “vulneración del derecho de privacidad del voto de los electores”, ya que desde la apertura de los colegios las cabinas de voto solo disponían de papeletas municipales y las de ámbito europea se situaban en mesas en el exterior de dichas cabinas.

Esto “ha provocado diversas situaciones de acoso e intimidación de algunos apoderados e interventores que observaban qué papeletas escogían los electores, algunos incluso recomendaban o señalaban determinadas opciones”, según aseguran desde Adelante Isla Cristina.

Esta situación “se ha comunicado por las diferentes vías legales a los presidentes de las mesas y a la Junta Electoral de Zona, sin que hasta el momento se haya subsanado dicha situación. En algunas mesas exteriores a las cabinas se colocaron posteriormente papeletas de ambas elecciones pero se adujo que en las cabinas no podían ponerse a causa del amplio número de candidaturas, en concreto 32. Las cabinas disponen de 36 departamentos más la repisa de base que en otras ocasiones se ha utilizado para colocar papeletas y sobres”.

Resolución de la JEZ

Recibido y analizado el escrito de Adelante Isla Cristina, la Junta Electoral de Zona ha resuelto por unanimidad que “no se produce vulneración alguna del derecho a la intimidad de los ciudadanos, ni conculcación del secreto del voto o cualquier otra limitación en su ejercicio por la disposición de las papeletas electorales correspondientes a las elecciones al Parlamento Europeo en una mesa auxiliar a la cabina de votación dado que las que se encontraban en el interior (las correspondientes a las elecciones locales) ocupan todo el espacio habilitado en el recinto cerrado”.

A estos efectos, la JEZ considera que “efectivamente seria deseable la colocación de mayores medios materiales (más cabinas) para poder ejercitar el derecho al voto en mejores condiciones, pero en ningún caso las actuales suponen una vulneración de derechos fundamentales ni conculcan libertades públicas puesto que el voto se puede ejercitar tomando varias papeletas pertenecientes a distintas formaciones para poder posteriormente dentro de la cabina incluir en el sobre únicamente el perteneciente a la formación a la que se desea votar, salvaguardándose así todas las garantías legal y constitucionalmente previstas a tal fin”.

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