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El Supremo anula un deslinde de Isla Canela en Ayamonte por la caducidad del procedimiento

17.35 h. El Tribunal Supremo (TS) ha anulado un deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de un tramo de costa de unos 3.595 metros de longitud, correspondiente al sector de las marismas de San Bruno de Isla Canela, en el término municipal de Ayamonte, aprobado por el Gobierno central en 2009, al advertir caducidad en el procedimiento por el incumplimiento por la Administración del plazo para resolver y efectuar la correspondiente notificación, al tratarse de un procedimiento iniciado de oficio.

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Según reza en la sentencia, el alto tribunal ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de la localidad, por lo que anula la orden impugnada del 20 de julio de 2009 del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, aprobatoria del deslinde de que se trata, por caducidad del procedimiento en el que ha sido dictada.

En este sentido, entiende que ha transcurrido con exceso el plazo de veinticuatro meses previsto en la Ley de Costas, indicando además que el procedimiento del deslinde fue incoado el 3 de abril de 2007 por el Servicio Provincial de Costas de Huelva, y la Orden resolutoria del mismo no se dictó hasta el 15 de junio de 2009.

El Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento, al entender que el procedimiento en el que fue dictada dicha orden caducó, al haber transcurrido con exceso el plazo de veinticuatro meses previsto en el la Ley de Costas.

De igual modo, asegura que tampoco es una justificación suficiente para la ampliación del plazo la complejidad de los procedimientos de deslinde, ya que precisamente por la peculiaridad y complejidad que tienen esos procedimientos, se estableció por el legislador el citado plazo de veinticuatro meses para efectuar la notificación de la resolución a contar desde la incoación en esos procedimientos.Otro deslinde que obliga a una revisión del plan parcial de Isla CanelaAsimismo, el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de un tramo de costa de 1.212 metros de longitud en Isla Canela, correspondientes al margen izquierda del estero de Canela, entre la desembocadura del estero de la Plata y el puente de acceso a Isla Canela desde Ayamonte, aprobado por el Gobierno en 2007, una decisión que obliga a revisar el plan parcial aprobado para la zona.El alto tribunal en una sentencia, desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa Isla Canela S.A., contra una sentencia dictada en marzo de 2010 de la Audiencia Nacional (AN) que declaraba conforme el deslinde y obligaba a revisar el Plan de Ordenación del Centro de Interés Turístico de Isla Canela y El Moral, para adaptarlo a la Ley de Costas.Concretamente, la entidad actora impugna el tramo de deslinde comprendido entre los vértices A-5 y A-14, especialmente en lo que se refiere a la anchura de la servidumbre de protección de 100 metros, según figura en los planos de la Dirección General de Costas unidos al expediente administrativo.Aunque la entidad recurrente considera que el incumplimiento del plazo de ejecución del plan parcial ha sido por causa imputable a la Administración esto, sin embargo, no resulta acreditado para el Tribunal.El citado plan, aprobado en 1982, tenía un plazo de ejecución de 15 años que ha sido incumplido, según entiende ahora el Supremo, por causas no imputables a la Administración, lo contrario de lo que persigue la empresa.

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