justo antes de cumplir los 18 años

Venganza en Rociana: un menor mata de una paliza al anciano que había asesinado a su padre por robarle habas en su finca

La paliza mortal se produjo hace unas semanas en el interior de una farmacia de la localidad

El joven se dio a la fuga pero ya ha sido detenido y ha ingresado en un centro de menores

El hijo del anciano asesinado: «Cuando vengan a por mí, intentaré defenderme»

15 años de cárcel por matar de un disparo al hombre que entró en su huerto

El presunto autor de la muerte a tiros de un vecino de Rociana por robarle «un puñado de habas» sale en libertad con una fianza de 5.000 euros

La sede de la Audiencia Provincial de Huelva h24
R. Ubric

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Venganza en Rociana del Condado. Un menor de 17 años de edad ha sido detenido por presuntamente matar de una paliza a golpes hace unas semanas el interior de una farmacia del municipio a un anciano de 75 años, según ha avanzado Canal Sur.

La víctima había sido condenada en mayo de 2023 a 15 años de prisión (por la Audiencia Provincial de Huelva y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) por un crimen que cometió en 2020. Concretamente había asesinado de varios disparos al padre del menor de edad que ahora lo ha matado, y el motivo fue que le estaba robando habas en su finca, circunstancia que ya había denunciado en varias ocasiones.

Tras la paliza al que fuera asesino de su padre, que falleció tras ser trasladado a la UCI de un hospital y que lleva tiempo padeciendo Alzheimer, el menor de edad (que dentro de sólo 12 días iba a cumplir ya los 18 años) se dio a la fuga. Días después fue detenido y la Fiscalía de Menores ha decretado de manera inmediata su internamiento en un centro de menores.

Los hechos de mayo de 2020

La Audiencia Provincial de Huelva condenó a 15 años de cárcel al hombre de más de 70 años acusado de asesinar de un disparo de escopeta a un varón en un huerto de su propiedad ubicado en Rociana del Condado al «sospechar» que el fallecido había entrado en dicho lugar a robar, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular en relación a unos hechos ocurridos en el mes de mayo de 2020.

Lo mandó a prisión por un delito de asesinato con la atenuante analógica de confesión, así como a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnizara a los familiares de la víctima con un total de 587.749 euros. En el juicio, tanto la Fiscalía como la acusación particular solicitaron una pena de 17 años y seis meses de cárcel.

De conformidad a los términos del veredicto emitido por el jurado popular, se declaró probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 14.30 horas del día 5 de mayo de 2020, cuando el acusado se encontraba «escondido y armado con una escopeta» en un paraje de Rociana del Condado donde tiene un huerto de su propiedad cercado por una valla de dos metros y medio de altura, el cual «había sido objeto de sustracciones de frutas y otros productos con anterioridad», siendo su finalidad vigilar el mismo.

En este sentido, el condenado «tenía sospechas de que el autor de las sustracciones» era el finalmente fallecido y de que «algunos días se acercaba sobre esa hora a la parcela», por lo que «se apostó escondido y armado con una escopeta en las inmediaciones de su parcela», según recoge la sentencia, que ha sido recurrida en apelación por la defensa del acusado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Se considera probado que, sobre la hora referida, el acusado, con licencia de armas tipo E, comprobó que la víctima había accedido al interior de la parcela en compañía de otra persona y que "arrancaba algunas vainas de habas sembradas", de forma que »se dirigió sin ser visto desde el exterior de la valla« al fallecido y, "tras mediar unas breves palabras con éste, a sabiendas de la probabilidad de que pudiera causarle la muerte o al menos consciente de que ponía en peligro su vida y aceptaba ese resultado", efectuó de frente un disparo a una distancia de entre tres y cinco metros que impactó en la cara de la víctima mientras su acompañante huía del lugar a la carrera.

Disparó "de forma sorpresiva e inesperada"

Según el veredicto del jurado popular, el acusado realizó el disparo "de forma sorpresiva e inesperada, de manera que impidió cualquier reacción defensiva que pudiera provenir por parte" de la víctima, que falleció de forma inmediata, en torno a las 15.00 horas del día 5 de mayo de 2020.

Tras cometer los hechos, el condenado llamó por teléfono a su hijo, a quien le contó lo sucedido, de modo que éste último se lo trasladó a su vez a la Guardia Civil, que se personó en la finca y a quien el acusado relató lo ocurrido y el lugar donde se encontraba el cadáver, «favoreciendo así el descubrimiento de los hechos».

En su veredicto, el jurado consideró no probadas las circunstancias eximentes de la responsabilidad penal alegadas por la defensa, como fueron «miedo insuperable, anomalía o alteración psíquica y legítima defensa».

De este modo, rechazó, en concreto, que el acusado actuara en legítima defensa a la vista de las manifestaciones efectuadas por los agentes de la Guardia Civil, ninguno de los cuales pudo apreciar la existencia de una navaja o cuchillo en el lugar de los hechos, así como en atención al informe médico forense de autopsia, del que resulta que no se apreció en el cadáver lesión alguna ni indicio de ataque o defensa por parte del fallecido.

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