carta al director
Un juicio con trasfondo en Villalba
Confiando en que el acontecimiento se produjera en la más estricta intimidad, la alcaldesa de Villalba del Alcor, Manuela Daza, compareció el día 15 de mayo de 2014 en los Juzgados de La Palma del Condado para la citación acordada por la Sección 1, en la que ésta debía comparecer tras la denuncia que presentó el 18 de diciembre de 2013 contra una ciudadana de la localidad de la que es regidora, en Villalba del Alcor.

El procurar que este acontecimiento pasase lo más desapercibido posible se debía a que esta regidora intentaba por todos los medios no mezclar este asunto con otro, que verdaderamente era el fondo del que se derivaron los hechos que dieron lugar a que se interpusiera esta denuncia. El carácter privado que esta regidora quiso dar a este acontecimiento nacía desde el momento en que decidía interponer la denuncia en un Cuartel de la Guardia Civil de Villalba del Alcor y no en los Juzgados; no como alcaldesa, sino como ciudadana.
Este proceder daría a este asunto el carácter privado que esta regidora pretendía a fin de que el trasfondo del mismo no saliese a la luz durante la declaración de la denunciada, una ex empleada de la Escuela de Hostelería de Villalba del Alcor. El trasfondo del que se derivaba esta denuncia era la crítica que la denunciada hacía de un evento celebrado por esta regidora, basado en un pacto verbal mediante el que se hacía una transferencia económica entre esta regidora y el ex gerente de la empresa administradora de la Escuela de Hostelería, implicado en un caso de malversación, el señor Vicente Carmona. Intentando impedir que este hecho y sus posibles irregularidades saliesen a la luz, esta regidora encauzaba la denuncia basándose en injurias, ya que de hacerlo por calumnias se vería obligada a dar explicaciones (en el caso de que el juez las solicitase) del fondo de este asunto.
Las posibles irregularidades en las que esta regidora hubiera podido incurrir en el asunto “de fondo” estarían basadas en el pago que el Sr. Carmona hace a dicha Alcaldía a través de la empresa Línea Maestra INTURAN S.A., en liquidación y con pagos pendientes a muchos de sus trabajadores, además de haber hecho un uso irregular de ayudas concedidas por la Consejería de Empleo. Este asunto salía a relucir (de puntillas) durante la declaración de la acusada, a la que la fiscal comentó en un momento de la misma que “el juicio era por faltas, pero que estaban saliendo más asuntos. Asunto que, sin embargo, no pudo ser expuesto en esta vista por la imposibilidad de que un testigo declarara, pues era este testigo precisamente el que iba a aportar unas pruebas que comprometerían a la denunciante y alcaldesa de Villalba del Alcor en esas posibles irregularidades mencionadas, y de la que existe documentación, como la que contradice que esta alcaldesa mantenía un convenio con la empresa INTURA S.A. que obligaba a la misma a sufragar gastos en eventos gastronómicos y celebraciones del Ayuntamiento de esta localidad.
Son de destacar las contradicciones en las que cayeron durante la vista tanto la denunciante como su testigo, a la hora de describir y enumerar los insultos que tanto denunciante como testigo declararon que vertió la denunciada hacia la alcaldesa. En la versión del testigo de la alcaldesa no recordaba exactamente más que haber oído a la denunciada pronunciar la palabra “piojo y gritos. Mientras la denunciante y alcaldesa transcribía así la frase: “Eres un piojo resucitado que ha pasado mucha hambre y el chollo te va durar poco”. Por el contrario, la denunciada expone y corrige la frase ante la juez, calificándola de sacada de contexto, ya que según declara la denunciada, la frase correcta fue: Los piojos resucitados no se acordaban del resto…”.
Asimismo, la denunciada en su declaración deja claro que para celebrar el evento le pidieron mediante sucesivas visitas a su domicilio las llaves del local de la Escuela de Hostelería, de donde era ex trabajadora y en donde se celebró la polémica comida de empresa por parte de dicho Ayuntamiento. La denunciante propone además hacer entrega en dicho juzgado de las llaves del citado local, rechazando esta juez la misma por considerarla fuera de lugar al no formar parte de la causa e invitaba a la denunciada a solventar dicho asunto con la alcaldesa o con la empresa propietaria de las mismas. Referente al tema de las llaves, la denunciante y alcaldesa declara que envió las mismas al personal que serviría el evento mencionado, pasando por alto el que las mismas habían sido solicitadas por dicho ayuntamiento a la denunciada.
A continuación reproduzco un párrafo del acta de la Sesión Plenaria celebrada en diciembre de 2013, en el que se desprende que esta alcaldesa miente cuando se refiere al asunto de la denunciada y del evento:
Desgraciadamente el asunto de fondo no ha podido ser vinculado con este juicio de faltas, algo que se estudiará por si finalmente es llevado mediante denuncia formal ante este mismo Juzgado de La Palma del Condado, ya que es de suma importancia que si esta alcaldesa ha incurrido en irregularidades, sean expuestas convenientemente.
Un juicio ridículo en el que la Sra. alcaldesa de Villalba del Alcor ha empleado un tiempo precioso mientras la localidad que gobierna es pasto de la insalubridad de sus calles y el mal aspecto del mobiliario urbano, los paseos, etc. En cuanto a la sentencia, ésta no se hará pública hasta su comunicación. En este caso, se trataría de una sanción económica mínima, estipulada según el nivel económico del denunciado. En este caso, una sanción que consistiría en cuatro euros diarios durante un periodo de diez días.
Antonio Pérez Zambrano (Villalba del Alcor).