EN HUELVA
Desestimado el recurso de apelación del condenado por estafar con unas viviendas que no se construyeron
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimando el recurso de apelación formulado por la defensa del responsable de una empresa condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva.

Lo condenaro por un delito de estafa continuado al concertar varios contratos privados de compra-venta de vivienda y varias plazas de garaje y trasteros en una urbanización a construir y que no se llevaron a cabo.
Según recoge la sentencia en una nota de prensa, el TSJA ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial, rechazando el recurso de la defensa, el cual alegaba vulneración del principio de presunción de inocencia al estimar que no existe ninguna prueba de cargo frente a su defendido.
No obstante, la sala considera que el engaño aparece claro en el caso, ya que, pese a que el acusado conocía que no podía cumplir cuanto se le encargaba, se hizo con el importe reembolsado.
De hecho, añade que, en cuanto a no haber podido realizar la construcción por no habérsele concedido financiación por entidad bancaria, no puede prosperar dicha alegación ya que se estaba vendiendo como suya una parcela para llevar a cabo una construcción posterior, cuando nunca se tuvo propiedad de dicha parcela.
En definitiva, el TSJA confirma la sentencia que condena a este, como autor responsable del delito de estafa continuado y concurriendo la circunstancia agravante de la responsabilidad penal de reincidencia, a la pena de un año, nueve meses y un día de prisión y multa de dos meses con cuota diaria de seis euros, con responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa para caso de impago.
Asimismo, se confirma la condena a indemnizar a los afectados con indemnizaciones que van desde los 1.500, 3.000 y 6.500 euros, que suponen un total de 17.000 euros.