PARTIDA DE 133.000 EUROS

El Ayuntamiento abre el plazo para que las asociaciones soliciten las subvenciones 2021

17.27 h. La concejal de Participación Ciudadana y Deportes del Ayuntamiento de Huelva, María Teresa Flores, ha anunciado este miércoles la apertura del plazo para solicitar las subvenciones 2021 destinadas a reforzar el movimiento asociativo de la ciudad.

El Ayuntamiento abre el plazo para que las asociaciones soliciten las subvenciones 2021

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 Así, hasta el 20 de mayo, tanto las asociaciones vecinales como cualquier otra de carácter social pueden presentar la documentación requerida, que este año se tramitará obligatoriamente por vía telemática en la sede electrónica de acceso al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Huelva, a través del Portal de Internet (www.huelva.es) y dirigidas a Alcaldía-Presidencia, según ha indicado el Consistorio en una nota de prensa. Además, las entidades solicitantes deberán identificarse en la sede electrónica a través del certificado digital y la concejal ha explicado que para facilitar la tramitación a las asociaciones se ha diseñado un formulario tipo en el que se recoge toda la información y datos a aportar para solicitar las subvenciones. Los modelos están disponibles en la página web del Ayuntamiento de Huelva y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), además desde el Consistorio se han enviado por correo ordinario a todas las asociaciones. Maria Teresa Flores ha recordado que se trata de una partida presupuestaria de 133.000 euros a repartir anualmente entre las asociaciones de la ciudad que presentan proyectos en beneficio de la comunidad y que estas ayudas sirven para consolidar el movimiento asociativo y articular la participación vecinal, como forma de promover la cohesión social. Se pueden solicitar subvenciones destinadas a cubrir el mantenimiento, el equipamiento o las actividades de las asociaciones. Concretamente, en las bases de la convocatoria de este año, se han especificado las partidas subvencionables en cuanto a gastos corrientes de funcionamiento de las sedes sociales de las asociaciones, incluyendo, entre otros: comunidad, alquiler y seguro; reparaciones básicas de electricidad, pintura, fontanería o carpintería; gastos de limpieza de la sede o local; material de protección individual necesario para la prevención del covid (guantes, gel hidroalcohólico, mascarillas). Asimismo se incluyen los gastos de teléfono y conexión a internet, consumo de agua, electricidad y recogida de basuras; gastos derivados del alojamiento y dominio web propios; material de oficina y postal; seguros de responsabilidad civil y/o accidentes; gastos de asesoría; o relativos a la instalación y revisión de extintores. Por otro lado, el apartado de equipamiento se refiere a la adquisición de materiales informáticos, mobiliario o de cualquier otra índole que sea necesario para el desarrollo de las actividades propias de cada asociación, con un máximo de 150 euros, por elemento adquirido. Las actividades susceptibles de subvención serán todas aquellas destinadas a la realización de acciones específicas dentro de las competencias de las asociaciones y en un plazo temporal determinado, dirigidas al fomento de la participación ciudadana en la ciudad, mediante acciones formativas, culturales o convivenciales. En cualquier caso, las asociaciones deben justificar cada aspecto antes del abono de los mismos, por lo que entre la documentación requerida se incluye declaración de las actividades financiadas, acreditando los gastos mediante facturas, teniendo en cuenta que el importe total de la subvención no podrá superar en ningún caso el 80 por ciento del coste de la actividad o servicio subvencionado, que sin embargo debe justificarse sobre el cien por cien.

Además, las entidades solicitantes deberán identificarse en la sede electrónica a través del certificado digital y la concejal ha explicado que para facilitar la tramitación a las asociaciones se ha diseñado un formulario tipo en el que se recoge toda la información y datos a aportar para solicitar las subvenciones.

Los modelos están disponibles en la página web del Ayuntamiento de Huelva y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), además desde el Consistorio se han enviado por correo ordinario a todas las asociaciones.

Maria Teresa Flores ha recordado que se trata de una partida presupuestaria de 133.000 euros a repartir anualmente entre las asociaciones de la ciudad que presentan proyectos en beneficio de la comunidad y que estas ayudas sirven para consolidar el movimiento asociativo y articular la participación vecinal, como forma de promover la cohesión social. Se pueden solicitar subvenciones destinadas a cubrir el mantenimiento, el equipamiento o las actividades de las asociaciones.

Concretamente, en las bases de la convocatoria de este año, se han especificado las partidas subvencionables en cuanto a gastos corrientes de funcionamiento de las sedes sociales de las asociaciones, incluyendo, entre otros: comunidad, alquiler y seguro; reparaciones básicas de electricidad, pintura, fontanería o carpintería; gastos de limpieza de la sede o local; material de protección individual necesario para la prevención del covid (guantes, gel hidroalcohólico, mascarillas).

Asimismo se incluyen los gastos de teléfono y conexión a internet, consumo de agua, electricidad y recogida de basuras; gastos derivados del alojamiento y dominio web propios; material de oficina y postal; seguros de responsabilidad civil y/o accidentes; gastos de asesoría; o relativos a la instalación y revisión de extintores.

Por otro lado, el apartado de equipamiento se refiere a la adquisición de materiales informáticos, mobiliario o de cualquier otra índole que sea necesario para el desarrollo de las actividades propias de cada asociación, con un máximo de 150 euros, por elemento adquirido.

Las actividades susceptibles de subvención serán todas aquellas destinadas a la realización de acciones específicas dentro de las competencias de las asociaciones y en un plazo temporal determinado, dirigidas al fomento de la participación ciudadana en la ciudad, mediante acciones formativas, culturales o convivenciales.

En cualquier caso, las asociaciones deben justificar cada aspecto antes del abono de los mismos, por lo que entre la documentación requerida se incluye declaración de las actividades financiadas, acreditando los gastos mediante facturas, teniendo en cuenta que el importe total de la subvención no podrá superar en ningún caso el 80 por ciento del coste de la actividad o servicio subvencionado, que sin embargo debe justificarse sobre el cien por cien.

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