PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE HUELVA

El Defensor del Pueblo no respaldará a Bebés Robados ante el TC porque asegura que no es su competencia

19.26 h. La oficina de Soledad Becerril ha mandado un escrito a SOS Bebés de Huelva en el que le comunica que, 'dada las competencias que tiene asignadas, no puede actuar en nombre o representación de un ciudadano en un proceso penal'.

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La oficina Defensordel Pueblo Español, representada por SoledadBecerril, ha dado respuesta negativaa la petición que formuló la asociación SOS Bebés de Huelva de querespaldara el recurso que presentóesta plataforma, actuando como acusaciónpopular, ante el TribunalConstitucional frente al autodictado por la Audiencia Provincial el pasado 6 de febrero de 2013 en unode los casos existentes en la provincia, un recurso que se elevó con el fin deluchar por el cierre judicial de la investigación de los procedimientos en losjuzgados de instrucción y para que el Alto Tribunal despeje las dudasplanteadas y siente un criterio queiguale doctrinas de todas las audiencias en España.

Al respecto, el Defensor del Pueblo Español ha mandado unescrito a esta asociación, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que lecomunica que, dada lascompetencias que tiene asignadas, no puede actuar en nombre o representación deun ciudadano en un proceso penal.A su vez considera que la circular que emitió la Fiscalía General del Estadosobre la unificación de criterios de los procedimientos es un agravante yun paso en la buena dirección y en un sentidofavorable para las víctimas en estos delitos.

Por otro lado, argumenta que en los procesos judicialessobre estos gravísimos sucesos en ocasiones no se alcanza elesclarecimiento de los hechos, debido sobre todo a dificultades probatorias que resultan insalvables, por lo queincide en que en estos casos el recurso de amparo no serviría paraobtener lo que no ha sido posible en el proceso. Por ello, pese a suextraordinario interés por el esclarecimiento de todos estosdelitos, no ven sentido apresentar recursos de amparo como han manifestado a todas laspersonas que se han dirigido a esta institución sobre este asunto.

Por su parte, la asociación recordó en su petición que lafigura del Defensor está legitimada para interponer el recurso deinconstitucionalidad, pero también para personarse en el de amparo, como quedaclaro en el artículo 162 de la CartaMagna española.

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