SEGÚN RECOGE EL BOE
La caza y la pesca deportiva siguen estando prohibidos en la fase 1 de la desescalada
14.34 h. El Gobierno ha excluido la caza y la pesca deportiva de la fase 1 de la desescala, que permite la práctica no profesional de deportes individuales que no requieran contacto con terceros.

Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) este sábado, la práctica de la caza y la pesca deportiva no se encuentra comprendida dentro de la habilitación para poder realizar deporte individual no profesional que no requieran contacto con terceros. Concretamente, el artículo referente a los desplazamientos permitidos para la práctica de la actividad física, especifica: A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros, así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5. No se encuentra comprendida dentro de esta habilitación la práctica de la pesca y caza deportiva. El Gobierno permite, no obstante, retomar las actividades de turismo activo y naturaleza deberá realizarse en grupos de hasta diez personas, debiendo concertarse preferentemente mediante cita previa. Además, deberá garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, aunque cuando no se pueda se utilizarán los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo. Los espectáculos culturales no podrán exceder las 30 personas en cerrado y las 200 al aire libre De otro lado, los establecimientos para actos y espectáculos culturales, sean abiertos o al aire libre, podrán reabrir con un tercio de su aforo autorizado en la fase 1 de la desescalada, en la que entran la mayoría de autonomías el próximo 11 de mayo. En todo caso, en lugares cerrados, no podrá haber más de treinta personas en total y, si son al aire libre, dicho aforo máximo será de doscientas personas. Entre otras medidas, los espectadores deberán estar sentados, en asientos numerados y mantener la distancia de seguridad en todo momento. Para ello, se establecerán marcas de distanciamiento en el suelo en el acceso y desalojo de la sala. La salida del público al término del espectáculo se deberá realizar de forma escalonada por zonas, para garantizar así la distancia entre personas. La norma recomienda que no existan intermedios y no se permiten los servicios de tienda, cafetería o guardarropa. Se recomienda también la venta telemática de entradas, aunque también está permitida la compra en taquillas. En ningún caso se entregarán libretos, programa o documentación en papel. Cuando haya varios artistas simultáneamente en el escenario, la dirección artística procurará que se mantenga la distancia sanitaria de seguridad en el desarrollo del espectáculo. Al igual que sucede en los rodajes de cine, cuando en los espectáculos no pueda mantenerse una distancia de seguridad adecuada, ni puedan emplearse equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, se atenderá a medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular a partir de las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Tanto en las representaciones como en los ensayos se garantizará la limpieza y desinfección de todas las superficies e instrumentos con las que puedan entrar en contacto los artistas antes de cada ensayo y el vestuario o los equipos técnicos no se compartirán sin desinfección previa. Los museos podrán abrir en la fase 1 con un aforo del 30% sin audioguíasPor otra parte, los museos podrán abrir en la fase 1 de la desescalada, en la que la mayoría de autonomías entran el 11 de mayo, con un 30 por ciento de aforo, manteniendo una distancia de seguridad de dos metros y con los elementos táctiles para el visitante inhabilitados, sin audioguías ni folletos. La reducción del aforo deberá aplicarse a cada una de sus salas y espacios públicos. Así lo refleja la orden publicada por el Ejecutivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Concretamente, el artículo referente a los desplazamientos permitidos para la práctica de la actividad física, especifica: A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros, así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5. No se encuentra comprendida dentro de esta habilitación la práctica de la pesca y caza deportiva.
El Gobierno permite, no obstante, retomar las actividades de turismo activo y naturaleza deberá realizarse en grupos de hasta diez personas, debiendo concertarse preferentemente mediante cita previa. Además, deberá garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, aunque cuando no se pueda se utilizarán los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
De otro lado, los establecimientos para actos y espectáculos culturales, sean abiertos o al aire libre, podrán reabrir con un tercio de su aforo autorizado en la fase 1 de la desescalada, en la que entran la mayoría de autonomías el próximo 11 de mayo. En todo caso, en lugares cerrados, no podrá haber más de treinta personas en total y, si son al aire libre, dicho aforo máximo será de doscientas personas.
Entre otras medidas, los espectadores deberán estar sentados, en asientos numerados y mantener la distancia de seguridad en todo momento. Para ello, se establecerán marcas de distanciamiento en el suelo en el acceso y desalojo de la sala. La salida del público al término del espectáculo se deberá realizar de forma escalonada por zonas, para garantizar así la distancia entre personas. La norma recomienda que no existan intermedios y no se permiten los servicios de tienda, cafetería o guardarropa.
Se recomienda también la venta telemática de entradas, aunque también está permitida la compra en taquillas. En ningún caso se entregarán libretos, programa o documentación en papel.
Cuando haya varios artistas simultáneamente en el escenario, la dirección artística procurará que se mantenga la distancia sanitaria de seguridad en el desarrollo del espectáculo. Al igual que sucede en los rodajes de cine, cuando en los espectáculos no pueda mantenerse una distancia de seguridad adecuada, ni puedan emplearse equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, se atenderá a medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular a partir de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
Tanto en las representaciones como en los ensayos se garantizará la limpieza y desinfección de todas las superficies e instrumentos con las que puedan entrar en contacto los artistas antes de cada ensayo y el vestuario o los equipos técnicos no se compartirán sin desinfección previa.
Por otra parte, los museos podrán abrir en la fase 1 de la desescalada, en la que la mayoría de autonomías entran el 11 de mayo, con un 30 por ciento de aforo, manteniendo una distancia de seguridad de dos metros y con los elementos táctiles para el visitante inhabilitados, sin audioguías ni folletos. La reducción del aforo deberá aplicarse a cada una de sus salas y espacios públicos.
Así lo refleja la orden publicada por el Ejecutivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.