La Junta destina en Huelva 800.000 euros a las entidades que impartan formación y contraten a parados

Debe haber un compromiso mínimo del 40% de contratación de los alumnos que hayan finalizado la acción formativa

La Junta amplía la oferta de FP para atender la demanda y el crecimiento de sectores productivos

La Formación Profesional, una de las opciones formativas más demandadas en Huelva

El delegado de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta en Huelva, Juan Carlos Duarte

huelva24

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha publicado en el BOJA la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas. La convocatoria, que establece un presupuesto regional de cinco millones de euros, destina hasta 800.000 euros para Huelva a través de subvenciones a las entidades y empresas onubenses solicitantes en concurrencia no competitiva, con plazo hasta el 30 de septiembre.

En una nota de prensa, el delegado territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Juan Carlos Duarte, ha explicado que «el objeto de este programa, que denominamos 'con compromiso de contratación', es facilitar a las personas desempleadas una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo y que, al mismo tiempo, atienda a los requerimientos de competitividad de las empresas».

Asimismo, el delegado ha señalado que «se ofrece la posibilidad de participar a empresas que asuman en sus plantillas el compromiso mínimo del 40% de contratación de los alumnos que hayan finalizado la acción formativa, o a entidades de formación que o bien acuerden o convenien con empresas para el cumplimiento de dicho compromiso, o lo asuman ellas mismas«.

De este modo, la Consejería de Empleo estima un alcance de unas 1.335 personas desempleadas beneficiarias en 88 programas formativos, lo que llevaría a la contratación de, al menos, 534 alumnos.

Con compromiso de contratación

La oferta formativa objeto de estos programas con compromiso de contratación se corresponde con especialidades no conducentes a certificados profesionales, incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, y han de impartirse en modo presencial.

Se trata de un programa formativo que puede estar conformado por una sola especialidad formativa, hasta cuatro ediciones de la misma especialidad formativa a impartir de forma simultánea, o una edición de dos especialidades formativas concatenadas. Las empresas y las entidades de formación deberán estar inscritas en alguna de las especialidades convocadas antes de la propuesta de resolución de concesión.

Asimismo, las empresas que no están inscritas para impartir algunas de las especialidades convocadas, pueden subcontratar esta formación con centros de formación inscritos en las mismas.

Los alumnos que van a recibir esta formación han de ser personas trabajadoras desempleadas, inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, que cumplan los requisitos de la especialidad formativa programada y no hayan tenido vinculación laboral con la empresa beneficiara en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, salvo en los supuestos en que hubiera estado ocupando puestos de trabajo que no tengan relación alguna con el puesto de trabajo que se pretende cubrir mediante el compromiso de contratación.

El compromiso de contratación se determinará sobre el total de personas trabajadoras desempleadas formadas, y no podrá ser inferior al 40 por ciento de las mismas, no siendo posible hacer uso de la modalidad de contratos de formación en alternancia. La contratación deberá realizarse en puestos de trabajo adecuados y directamente relacionados con la especialidad formativa impartida, que tengan por objeto la realización de trabajos vinculados a los conocimientos teóricos-prácticos adquiridos durante la formación.

Los contratos de trabajo formalizados deberán tener una duración mínima de seis meses en caso de jornada a tiempo completo, y de nueve meses cuando la jornada sea a tiempo parcial. Se entenderá también cumplido el compromiso de contratación en los supuestos de la incorporación de alumnado como persona socia o socio trabajador, o de trabajo, de una sociedad cooperativa o de una sociedad laboral, siempre que sean dados de alta como trabajadores por cuenta ajena, y se haga en una ocupación vinculada con la formación recibida en el marco de las bases reguladoras.

En este sentido, cada empresa deberá presentar una solicitud por cada programa. El trámite se realizará a través de la Oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, disponible en este enlace.

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