Pero exime al sindicato de pagar 12.000 euros
El Supremo ve vulneración de libertad sindical a un excargo de UGT Huelva
16.15 h. Los hechos se remontan a 2009, cuando Miguel Ángel Navarro Vázquez era secretario de Organización de la FSP de UGT en Huelva. En esas fechas, la Comisión Ejecutiva de la FSP de Andalucía disolvió la Comisión Ejecutiva provincial de UGT en Huelva por supuesta sustracción de documentos e irregularidades administrativas y contables.
El Tribunal Supremo (TS) ha dictado un nuevo auto deaclaración respecto a la sentencia que emitió el pasado mes de junio, en la queeximió a la Federación Estatal de Servicios Públicos (FSP) de UGT-Huelva delpago de una indemnización de 12.000 euros por daños morales al exsecretario deOrganización de la misma, Miguel Ángel Navarro Vázquez, al no considerar queexistiera vulneración del derecho de libertad sindical. Pues bien, en el nuevoauto, el Alto Tribunal exime de nuevo al sindicato del pago de la indemnización,pero mantiene que existió en los hechos esta vulneración.
Según reza en el auto, al que ha tenido acceso Europa Press,la sala acuerda subsanar el error padecido en la citada sentencia y asegura queestima el recurso interpuesto por la FSP-UGT, revocando parte de la sentenciadictada por el TSJA, que a su vez había revocado la resolución que en el 29 deseptiembre de 2010 pronunciara el Juzgado de lo Social número 1 de Huelva.
Por su parte, esta sentencia del TSJA, que fue recurridaante el Supremo, condenó al sindicato a abonar a Navarro Vázquez la suma de12.000 euros en concepto de reparación por los perjuicios derivados de lavulneración de la libertad sindical sufrida, no obstante el Alto Tribunalentendió que no hubo vulneración de esta libertad y eximió a UGT del citadopago, una sentencia que ahora revoca en parte al considerar que sí hubo estavulneración, después de que este excargo solicitara por escrito una rectificacióno aclaración de dicha sentencia.
Los hechos se remontan a 2009 cuando Navarro Vázquez erasecretario de Organización de la FSP de UGT en Huelva. En esas fechas,concretamente en octubre de 2009, la Comisión Ejecutiva de la FSP de Andalucíadisolvió la Comisión Ejecutiva provincial de UGT en Huelva por supuestasustracción de documentos e irregularidades administrativas y contables.
Por todo ello, ahora entiende el Supremo que en estos hechosse aprecia una vulneración del derecho de libertad sindical, no obstantemantiene el rechazo a la indemnización fijada de 12.000 euros.