'CONTRA LOS PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS'

FAPE respalda a la APH sobre el 'grave error' del 'apagón informativo' en el juicio de Luelmo

18.22 h. La Federación de Asociaciones de Periodistas de España ha avalado el comunicado de la Asociación onubense, que indica que la decisión de celebrar el juicio por el crimen de Laura Luelmo a puerta cerrada es una 'grave afrenta' a los principios del papel de garante democrático de la profesión periodística.

FAPE respalda a la APH sobre el 'grave error' del 'apagón informativo' en el juicio de Luelmo

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La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha asumido y respalda el comunicado de la Asociación de la Prensa de Huelva (APH) en el que muestra su indignación ante el apagón informativo por el juicio por el asesinato de Laura Luelmo que ha comenzado este lunes en la Audiencia Provincial de Huelva.

Así lo ha anunciado la FAPE, que ha indicado que la Asociación ha informado de que el magistrado presidente Florentino Ruiz Yamuza ha resuelto, tras escuchar a las partes, realizar el juicio a puerta cerrada y sin la señal televisiva que se había preparado para la cobertura periodística del juicio, algo que desde la Asociación de la Prensa de Huelva consideran un grave error que atenta directamente contra los principios democráticos de un proceso público que la propia Constitución Española considera un derecho fundamental. 

El hecho de que un juicio de enorme interés social y por el que se solicita una pena de prisión permanente revisable se haga a oscuras en una decisión tomada la propia mañana de juicio es una grave afrenta a los principios del papel de garante democrático de la profesión periodística por lo que se le hurta a la ciudadanía su derecho a la información en un caso que escandalizó a toda la sociedad española y en el que están en juego numerosas implicaciones jurídicas y emocionales que debieran ser públicas para un futuro debate social. 

Desde la Asociación de la Prensa de Huelva consideran especialmente grave esta decisión teniendo en cuenta que se trata de un juicio con jurado popular, por lo que han sido personas legas en derecho las que han participado de la toma de decisión.

La APH defiende que el principio de publicidad de los juicios penales debe prevalecer salvo contadas excepciones y que así lo recoge la propia Constitución Española, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio Europeo de Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. En un caso en el que además ni concurre la presencia de menores ni se atisban problemas de orden público que pudieran motivar la decisión.

La Asociación de la Prensa estará vigilante a las motivaciones que el juez debe exponer en un auto específico para hacer una excepción de la norma.

Asimismo, consultará con los servicios jurídicos de la FAPE las posibilidades de recurso y/o protesta que la legislación permita en este caso en el que los profesionales de la información sienten vulnerados sus derechos y que están plenamente capacitados para salvaguardar el honor de la víctima y sus familiares de acuerdo a los principios del código deontológico de la profesión periodística.

El Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA), en su demarcación de Huelva, tras la decisión de celebrar el juicio por el asesinato de Laura Luelmo a puerta cerrada, sin presencia de periodistas, lamenta que no se tenga en cuenta principios tan básicos como la libertad de información y la publicidad de los procesos judiciales, que forman parte elemental de una democracia, como marca nuestra Constitución.

Según la institución, esta postura contraviene una norma general, ya que la Constitución Española en su artículo 120.1 señala que 'las actuaciones judiciales será públicas con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento'. Es por ello que dicha decisión, de realizar la vista a puerta cerrada, debe estar perfectamente fundamentada procesalmente y que, como es obvio, en el caso de los miembros del jurado popular en Huelva carece de todo peso argumental al no tener la formación idónea para ello.

La información judicial es una tarea pública del periodismo, ya que el papel de los medios de comunicación asegura que los procesos se celebren con las garantías constitucionales necesarias. Por lo que entendemos que esta decisión supone un peligroso precedente que merma la colaboración necesaria entre la administración de justicia y el trabajo informativo que garantiza la transparencia judicial, máxime en fase oral.

El CPPA entiende que la autorregulación y el código deontológico de los periodistas es el único camino para informar con libertad y calidad sobre este tipo de procesos, ya que los profesionales conocen las fronteras que hay en el ejercicio de la libertad de prensa, caso de la presunción de inocencia, violación de derechos a la intimidad o al honor.

Por ello pedimos que el TSJA valore la idoneidad de esta decisión en el juicio del caso de Laura Luelmo, para que no se atente contra la libertad de información (artículo 20 de la Constitución) y se acepte, por parte de la administración de justicia, el desarrollo normal de nuestra función. Según el CPPA, con el trabajo de los medios se da fortaleza a nuestro sistema judicial, transmitiendo a la ciudadanía la independencia de los tribunales y fortaleciendo la credibilidad en los servicios públicos.

En ningún caso vamos a admitir que en nuestra democracia se considere a los medios de comunicación como un impedimento para el desarrollo de un proceso judicial, pues no es admisible el apagón informativo si no existen argumentos procesales que justifiquen que un juicio se celebre a puerta cerrada, cosa que entendemos no ha sucedido en el juicio a Bernardo Montoya, ha concluido la institución.

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